El primer abogado en exponer fue el doctor Cristian Rubio quien, en representación de las familias de Tierra del Fuego, explicó: “Entendemos que el sistema UVA así como se ha implementado, ha importado en la práctica establecer una suerte de doble indexación sobre las deudas desnaturalizando las prestaciones que han tenido en miras al momento de contratar los tomadores”.
A continuación, amplió, “En Argentina tenemos una prohibición general de indexar deudas que data del año 1991 -con la Ley de Convertibilidad- y sigue vigente al día de la fecha. Venían a paliar el proceso hiperinflacionario que estaba azotando la economía”.
“De esa forma se mantuvo un proceso de relativa estabilidad que continuo incluso hasta el dictado de la Ley 25. 561 en el año 2022 con la salida del régimen de convertibilidad, todos sabemos la crisis del 2001 y lo que eso importó, pero aun saliendo se decidió como política legislativa sostener la prohibición de indexar deudas”, añadió.
A pesar de ello, esta prohibición no duró tanto tiempo, “Porque con la llamada especificación asimétrica que se dio unos meses, después de forma casi paralela, se dicta el Decreto 905/02 que dio la posibilidad a las financieras de indexar deudas solamente a las entidades financieras pero podían aplicar el índice Coeficiente de Estabilización de Referencia o el Coeficiente de Variación Salarial”.
“Transcurre el tiempo y en el año 2016 se crea este sistema que genera por primera vez una doble indexación que es lo que entienden nuestros clientes”, indicó Rubio, “Decimos que es una doble imposición porque en su génesis encubre la conversión de una deuda de dinero en una deuda de valor”.
En ese marco, resaltó, “A la gente no le dieron dólares, viviendas o metros cuadrados, le dieron pesos. El UVA es el equivalente a la milésima del metro cuadrado promedio de la ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Rosario, Santa Fe, entre otras ciudades. A esa indexación se le vuelve a aplicar un índice, un coeficiente de actualización de esta manera formalmente pareciera que se está aplicando un solo esquema de actualización cuando en realidad son dos, están actualizando el valor del metro cuadrado por la Uva en sí mismo, y al momento del pago se vuelve a aplicar una indexación a través del índice Coeficiente de Estabilización de Referencia”.
“Con esto entendemos que se está volviendo atrás en materia de derechos y en materia de políticas de acceso a la vivienda, se está yendo en contra del postulado constitucional de progresividad de los derechos humanos”, cerró diciendo el abogado.
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