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Politica

Proyecto del legislador Lechman busca prevenir y erradicar la violencia laboral

La iniciativa de ley presentada por el legislador Jorge Lechman establece garantías, principios, acciones y procedimientos destinados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia en el ámbito laboral o en ocasión del trabajo. Las disposiciones de la presente ley son aplicables a todo tipo de relación laboral de derecho público en la Provincia , quedando comprendido el personal que presta servicios con carácter permanente, transitorio o contratado en cualquiera de los Poderes del Estado Provincial; los organismos o reparticiones pertenecientes a la administración pública, centralizada o descentralizada, y todo otro organismo del Estado Provincial.

La iniciativa de ley entiende por violencia laboral a toda acción, omisión, segregación o exclusión realizada en forma reiterada por un agente que manifieste abuso de la autoridad que le confieren sus funciones, cargo o jerarquía, influencia o apariencia de influencia, que tenga por objeto o efecto la degradación de las condiciones de trabajo susceptibles de afectar los derechos, la dignidad de los trabajadores, de alterar su salud física y mental y/o comprometer su futuro laboral; o al consentimiento de dichas conductas en el personal a su cargo sin hacerlas cesar; pudiendo ser estas acciones de naturaleza sexual o psicológica, para beneficio propio o de un tercero.

La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Trabajo en coordinación con la Secretaria de Derechos Humanos, quienes deberán asistir y asesorar al trabajador. Cuando las conductas denunciadas pudieren constituir delito, deberá denunciar los hechos ante el órgano judicial competente. Además, se aclara que todas las actuaciones tendrán carácter de confidenciales.

La iniciativa también considerará que la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encontrare en una situación de particular vulnerabilidad, por razón de su edad, estado de salud u otra condición análoga.

Respecto de las sanciones, se explica que si los responsables fuesen funcionarios o empleados de la Administración Pública , podrán implicar apercibimiento o suspensión de hasta sesenta días corridos. El proyecto también observa la posible falsa denuncia, señalando que el denunciante se hará pasible de las mismas sanciones previstas para quien ocasione el hecho de violencia.

El contenido de la norma también establece, en su artículo 16, que la autoridad de aplicación en cada jurisdicción, implementará a partir de la puesta en vigencia de la presente ley, coordinadamente y de común acuerdo con las áreas competentes, una capacitación sistemática, rotativa, anual, de carácter obligatorio, dirigida al personal superior y jerárquico, y a los responsables de las áreas de Recursos Humanos o Personal, con el objeto de prevenir actos de violencia laboral y fortalecer las relaciones humanas.

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