El Gobierno redujo a 18 años la edad mínima para ser considerado legítimo usuario de armas, según el Decreto 1081/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La medida modifica la reglamentación de la Ley 20.429, sancionada en 1975, que hasta ahora exigía haber cumplido 21 años para acceder a esta habilitación.
“Corresponde modificar el artículo 55 de la Reglamentación de la Ley 20.429, aprobada por el Decreto 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los 18 años”, detalla el texto oficial.
La normativa original incluye otros dos requisitos que permanecen vigentes: no presentar anormalidades psíquicas o físicas que afecten la posesión de armas (o en su defecto, presentar un certificado médico) y acreditar identidad, domicilio real y medios de vida lícitos.
Comentarios