Si una persona falleció, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) bloqueará el acceso a su clave fiscal. El cónyuge supérstite o derechohabiente que autorice la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) como beneficiario de las prestaciones previsionales, podrá acceder a aquellos servicios que resulten necesarios a los efectos de tramitar las prestaciones previsionales.
El beneficiario autorizado por ANSES, a cargo de Fernanda Raverta, podrá acceder al “SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas” y a los demás servicios necesarios a los efectos de tramitar las prestaciones, en nombre del titular, e interactuar con dicho servicio a cargo de Mercedes Marcó del Pont. Pero deberá cumplir ciertos requisitos.
AFIP: cuáles son los requisitos
- Obtener la clave fiscal con nivel de seguridad 3 y solicitar ante una dependencia de esta Administración la designación como Usuario Especial Restringido, mediante la presentación de un formulario 206 - Multinota.
- Acceder al servicio con clave fiscal “Administrador de Relaciones” y aceptar la designación, para luego poder operar con los servicios autorizados.
Cuando ya se hubiere abierto un juicio sucesorio y designado un administrador judicial, el Administrador Judicial de la sucesión deberá tramitar clave fiscal nivel 3 o 4 y presentarse en una dependencia con la siguiente documentación:
- DNI de la persona humana que invoque la calidad de Administrador Judicial.
- Sentencia judicial de designación del Administrador Judicial.
La clave fiscal es una contraseña para poder realizar trámites de AFIP desde cualquier computadora, tablet o smartphone conectado a internet. Operar con clave fiscal garantiza la confidencialidad de la información que envías. Además, resulta única e intransferible.
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