El juez del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, Dr. Pedro Fernández, condenó el pasado viernes 6 de septiembre -mediante el instituto de Omisión de Debate- a un hombre a cumplir la pena de 2 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras la unificación con una pena anterior.
Estaba acusado de agredir física y verbalmente a quien fuera su pareja en el año 2020. También la amenazó mediante mensajes de texto en reiteradas oportunidades.
Por esos hechos la condena correspondiente fue de 9 meses de prisión efectiva, pero en virtud de que ya tenía una condena anterior en suspenso por lesiones leves, amenazas y hurto, el juez Correccional decidió unificar la pena en 2 años y 4 meses de prisión efectiva.
En la Omisión de Debate, el Ministerio Público Fiscal fue representado por el Fiscal Mayor del DJN, Dr. Martín Bramati, mientras que la defensa del acusado fue llevada a cabo por el Defensor Oficial del DJN, Dr. Alejandro Naccarato.
A su vez, en otro caso, el juez Fernández también resolvió que un hombre deberá cumplir la pena de 7 meses de prisión en suspenso por amenazas reiteradas.
El imputado estaba acusado de haber amenazado a su expareja en reiteradas ocasiones, solicitándole retomar la relación de pareja que tenían anteriormente. Ante la negativa, el hombre adoptó actitudes agresivas y denigrantes, llegando incluso a amenazarla con quitarse la vida y/o dañarla, mediante mensajes de texto y llamadas telefónicas. También la amenazó con publicar contenido privado en las redes sociales imágenes y videos.
El condenado deberá cumplir con una serie de reglas de conducta por el término de 2 años, que incluyen la restricción de acercamiento hacia la víctima y su familia, y además deberá someterse a un tratamiento psicológico.
En este caso el Ministerio Público Fiscal también fue representado por el Fiscal Mayor del DJN, Dr. Martín Bramati, mientras que la defensa del acusado fue llevada a cabo por el Defensor particular, Dr. Hernán Bazán Güemes.
La Omisión de Debate tiene como objeto dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el Fiscal estima que no corresponde aplicar una pena superior a 3 años. Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente sin realización de un juicio oral y público. No obstante para su implementación es necesaria la aceptación de las partes.
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