El fallo de la Cámara, firmado por los jueces Santiago Corcuera y Daniel Bejas, señala que: “Toda vez que la regla general de sustitución establecida para supuestos como el de autos es por personas del mismo sexo, corresponde que la vacante producida por el fallecimiento del diputado nacional Héctor A. Stefani sea ocupada por el candidato Ricardo Garramuño”. La inconstitucionalidad del artículo 164 no fue planteada ni resulta manifiesta en este caso.
En disidencia, el juez Alberto Dalla Vía argumentó que la aplicación literal de la norma vulnera el espíritu de la ley de paridad de género (Ley 27.412), al no considerar el impacto en distritos pequeños, donde el reemplazo puede afectar el equilibrio de representación. Según Dalla Vía, “La pauta de sustitución por personas del mismo género sin considerar las particularidades de cada distrito conduce a una solución contradictoria con la finalidad esencial de la ley”.
El dictamen contrasta con la decisión del juez federal Federico Calvete, quien en primera instancia había fallado a favor de Dalila Nora, basándose en una interpretación amplia de la ley de paridad. Calvete consideró que la designación de Nora aseguraría un equilibrio de género en la composición de la Cámara de Diputados y respetaría el principio de progresividad en los derechos de las mujeres.
El fiscal federal Ramiro González también había respaldado la postura de Nora, sosteniendo que otorgar la banca a Garramuño conspiraría contra el objetivo de la ley de paridad y los derechos de las mujeres. Sin embargo, su dictamen fue desestimado por la Cámara Electoral en la resolución final.
Nora, cuya jura como diputada nacional estaba prevista para el miércoles pero se suspendió, podrá recurrir a la Corte Suprema de Justicia como recurso para retroceder el fallo. En caso de no hacerlo, Garramuño será designado legislador inmediatamente y ocupará el cargo hasta diciembre de 2025.
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