La medida afecta a la “Harina de almendra con piel; RNE: 02-041.368; RNPA: EX-221-27015124” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. Según el organismo, la prohibición se adoptó para proteger la salud de los ciudadanos frente a productos ilegales que carecen de registro y sobre los cuales no pueden garantizarse trazabilidad, condiciones de elaboración ni calidad con adecuados niveles de control. Por este motivo, se prohibió su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, incluyendo plataformas de venta en línea. Se recomienda a la población abstenerse de consumir dicho producto.
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