La jefatura policial emitió una circular en la que brindó directivas a sus uniformados respecto al control a ejercer sobre las medidas dictadas desde el Gobierno Nacional y el Provincial, a fin de restringir la circulación de personas en la vía pública.
El personal policial cuenta con la orden de “proceder a la desconcentración pacífica” de aglomeraciones en la vía pública, así como proceder ante cualquier evento que infrinja la cuarentena y que signifique una imprudente cantidad de personas.
De esta forma, se busca concientizar a las personas que circulen y de las medidas preventivas que deben tener en relación al coronavirus, la misma que deberá aplicarse en los controles en ruta con los conductores.
Todos serán informados de los artículos 205 y 239 del Código Penal. El 205 establece “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Por otro lado, el 239 indica que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
Recordemos que el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 del Gobierno Nacional ya entró en vigencia, facultando a las fuerzas de seguridad a detener a todas las personas, sin necesidad de orden judicial, que de alguna u otra manera infrinjan las medidas de seguridad sanitaria.
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