Los ciudadanos que se encuentren a más de 500 kilómetros de su domicilio el día de las elecciones pueden ser eximidos de votar. Para ello, deben acudir a una comisaría, presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) con domicilio actualizado y solicitar un certificado que confirme su ubicación. Posteriormente, deben presentar este certificado ante la Secretaría Electoral de su barrio hasta 60 días después de la elección.
En el caso de los viajes internacionales, los ciudadanos argentinos tienen dos opciones para justificar su ausencia. Pueden realizar el trámite online a través del sitio infractores.padron.gob.ar, donde deben completar sus datos personales, hacer clic en "justificar" y adjuntar la documentación que respalde su excepción. La otra opción es realizar el trámite de manera presencial en el consulado argentino más cercano. Ambos trámites pueden realizarse hasta 60 días después de la elección.
Las multas por no justificar la ausencia en el voto dependen de la cantidad de infracciones previas que tenga el elector. En el caso de que no tenga ninguna, la multa es de $50. Con una infracción previa, la multa asciende a $100; con dos, a $200; con tres, a $400; y con cuatro, a $500. Aquellos que no abonen estas multas podrán enfrentarse a restricciones para renovar el pasaporte y realizar diversos trámites en entidades públicas.
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