A partir de lo dispuesto en la Disposición D.N. Nº 93/2025, cuando no se cuente con las placas físicas al momento de la inscripción inicial, el sistema del Registro Único Virtual (RUV) emitirá una “constancia de asignación de dominio” con un código QR. Esta constancia será entregada por el comerciante habitualista al titular del vehículo y deberá ser exhibida durante cualquier control de tránsito.