Dalila señaló que la falta de respuesta de la Cámara de Diputados a su solicitud de documentación para acceder a la banca, las llevó a presentar este recurso judicial, “Nos vimos obligadas a iniciar las acciones legales correspondientes, presentando un amparo junto con una medida cautelar. Esta medida busca suspender cualquier juramento hasta que se defina quién debe ocupar la banca vacante del diputado Tito Stefani, y el amparo es para proteger nuestros derechos sobre esa representación”.
Asimismo, enfatizó que esta acción legal no responde a intereses partidarios, sino a una lucha transversal por los derechos políticos de las mujeres, “Esto va más allá de una política partidaria; esto es sobre el reconocimiento de los derechos que tenemos las mujeres para acceder a lugares de decisión”, expresó.
A continuación añadió que el amparo no plantea la inconstitucionalidad de la Ley de Paridad, sino que, por el contrario, confía en que dicha ley es un avance en los derechos de las mujeres para ocupar cargos de poder. “Muchos nos preguntaron por qué no planteamos la inconstitucionalidad de la Ley de Paridad, no lo vamos hacer, porque nos parece que no lo es, y estoy convencida de que esta ley es un progreso en los derechos que tenemos para poder ocupar cargos de poder en las cámaras de senadores y diputados. Y porque no viene a contradecir nada, simplemente viene a garantizar el derecho que tenemos de elegir y de ser elegidas”.
El recurso presentado por las paritaristas de la provincia, se transformó en el primer amparo incorporado en el Registro Público de Procesos Colectivos ante la inexistencia de antecedentes en relación a derechos políticos de las mujeres. Asimismo, la sentencia reconoce como sujeto demandado a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y queda suspendida momentaneamente la jura.
“Vamos a trabajar confiando en que la ley de paridad es la que también nos garantiza poder acceder a las bancas. Hoy en la provincia está faltando un representante en la Cámara de Diputados, por eso con más razón tenemos que acelerar los tiempos lo más que se pueda, respetando los plazos de la justicia, para poder avanzar”, agregó Nora.
La sentencia indicada ordena que admita la acción en su carácter de amparo colectivo y ordena su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos. Efectivamente la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 12/2016, determina que al iniciarse un proceso de estas características, se verifique la existencia o no de causas relacionadas con los derechos alegados. En este caso, se verificó la inexistencia y de esta manera el amparo presentado se transformó en el primer antecedente en el tema que aborda.
Además, la notificación indica: “La interpretación de las normas en cuestión produce una afectación en los derechos de la ciudadanía de la provincia de Tierra del Fuego AeIAS, por cuanto se vería afectada directamente su representación ante la HCDN” y reconoce como sujeto demandado la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
En ese sentido, agradeció el apoyo de las mujeres que las acompañan, “El acompañamiento inalcanzable que tuve porque el amparo lo terminamos redactando entre todas y eso fue lo que se presentó. Ese amparo también hoy se está tramitando de forma conjunta contra la Cámara de Diputados. Hoy la caratula es precisamente “Nora Dalila y Otros”, que son las paritaristas que estamos juntas esperando una respuesta”.
Desde el Movimiento de Mujeres Paritaristas, también se celebró el avance logrado a través de un comunicado, “Aguardamos expectantes la resolución de fondo, en lo que rep
Comentarios