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El juez Penza confirmó que hizo lugar a la exclusión de la tutela sindical de Catena

El Dr. Guillermo Penza, a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Distrito Judicial Sur, a cargo del Doctor Guillermo Penza, confirmó que resolvió hacer lugar a la acción de exclusión de tutela sindical promovida por el Gobierno Provincial, contra el dirigente del SUTEF Horacio Catena, a los fines de la ejecución de la sanción dispuesta mediante el Decreto N° 3004/15, que establece la exoneración por los hechos vinculados a la toma de Casa de Gobierno en mayo de 2013. Sobre los cuestionamientos a la falta de notificación de las partes, el juez dijo que el Superior Tribunal ya hizo pública la sentencia, por lo que "no tiene sentido esperar la notificación".

"Tenemos un sistema informático donde cargamos las resoluciones. Ayer se cargó a la 1:50 y puede ser vista por las partes -dijo Penza en Radio Nacional-. Evidentemente hoy con la publicación del Superior Tribunal haciendo pública la sentencia no tiene sentido esperar la notificación efectiva porque esto ya es de público conocimiento. El proceso laboral no es secreto, es de naturaleza civil. Por eso aclaro el por qué doy definiciones públicas al respecto".

"Nada de lo que yo digo en la sentencia de exclusión de tutela causa estado, es decir que no es determinante -dijo-. A mí me exige verificar si una medida que se quiere imponer a un delegado sindical encubre una discriminación o persecución. Claramente nadie que tiene la intencionalidad de perseguir a un delegado o perjudicarlo, expresa en sus decisiones por escrito que esa es su finalidad. Nos piden que verifique si el hecho existió, no con certeza, porque eso no queda fijo, no causa estado. Yo tengo que verificar la probabilidad del hecho".

"Por ejemplo, si un empleador del comercio echa al trabajador porque dice que robó y me pide la exclusión de tutela, yo no pruebo que robó pero necesito elementos que apunten a aprobar ese hecho. Tengo que tener elementos que indiquen que probablemente ese hecho existió", agregó.

Explicó que "hay una sentencia penal que no está firme pero claramente hay un órgano, el Tribunal de Juicio, que es distinto del que quiere sancionar, el Ejecutivo, que habla de probabilidad de la existencia y condena. Ese requisito de la probabilidad de la existencia entonces yo lo tengo acreditado".

"Si se levanta la tutela yo soy el juez que va a resolver el juicio contencioso administrativo por la exoneración", sostuvo.

"El otro elemento que debo tener en cuenta es, si hay probabilidad de la existencia del hecho, que la sanción sea proporcional. De ningún modo la decisión implica un estado de la causa, es decir cosa juzgada, porque eso será a materia de juicios posteriores".

"Si un empleado faltó un día y lo quieren cesantear, voy a presumir que es irracional. Entonces presumo que hay persecución. En principio ese incumplimiento, de haber ocurrido, podría tipificarse y la pena sería proporcional. Pero no quiere decir que corresponda", comparó.

"Me gustaría aclarar que cuando a alguien no le gusta una sentencia lo que se hace es descalificar al juez porque se tiene que discutir el contenido de la sentencia. Ya hay comunicados diciendo que el poder político está inmiscuido en la justicia. En este mismo expediente rechacé un pedido de suspensión a Catena en el proceso de paritarias", dijo.

"Quiero dejar en claro que uno no es un buen juez cuando da la razón y un mal juez cuando no lo hace. Pretendo que se sometan a discutir los argumentos en la sentencia, ajustados a derecho", manifestó.

"Yo tengo las constancias del juicio penal y el expediente administrativo. De esos elementos puedo presumir que los hechos probablemente existieron. Y que esos hechos por su gravedad estarían dentro de la tipificación de falta grave".

"Son 17 casos de pedido de exclusión de tutela sindical y el juzgado está absolutamente saturado, plagado de amparos, medidas, el tema de las fábricas es sumamente complicado y estamos sacando de a tandas".

Consultado sobre los pasos a seguir y las posibles apelaciones, se excusó de responder "cuestiones que tienen que ver con apelaciones o el proceso administrativo porque luego probablemente deba intervenir en el proceso nuevamente".

"Los plazos son sumarísimos pero no van cayendo todos juntos. Se van resolviendo progresivamente y a partir de ahí tengo 5 días. No pasan todos juntos porque el personal está sobrepasado. Pero una vez que lo pasan, tengo 5 días", finalizó.

Fuente:SUR54

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