En el caso de la mujer imputada, antes de iniciar el juicio oral, el Juzgado de Ejecución le concedió la suspensión del juicio a prueba.
Uno de los imputados, al sumarle el cómputo de una pena anterior, deberá cumplir 9 años de prisión mientras que el restante, también con condena previa, purgará 9 años y 9 meses de prisión.
A los condenados se les atribuyó haberse apoderado ilegítimamente -mediante la utilización de un arma de fuego y con acuerdo previo- de la suma de 430 mil pesos propiedad de un hombre.
La víctima había sido engañada por una de las imputadas, con quien había acordado previamente la compra-venta de divisas extranjeras mediante un primer contacto en Facebook, el 2 de noviembre de 2023. Luego el contacto siguió de manera telefónica vía WhatsApp.
Ambos coordinaron encontrarse y concretar la operación el 3 de noviembre en una dirección determinada, ocasión en la que la víctima se hizo presente a bordo de su vehículo y reconoció al otro imputado que debía llevar adelante la supuesta compraventa, a quien le permitió que subiera al automóvil.
Mientras la víctima y el imputado coordinaban una transferencia y la entrega de dinero, el supuesto comprador se retiró del rodado con la excusa de buscar el dinero y pasados unos minutos regresó, abrió la puerta del conductor, mostró un arma de fuego y lo amenazó.
Tras el forcejeo, el imputado se apoderó de una riñonera en la que la víctima resguardaba el dinero y se dio a la fuga.
Según la Fiscalía, “los tres imputados acordaron previamente -al menos desde el 1 de noviembre de 2023- la maniobra delictiva a desarrollar, en cuanto a circunstancias de modo, tiempo y lugar”.
El Tribunal de Juicio fue presidido por el Dr. Alejandro Pagano Zavalía, con las vocalías del Dr. Maximiliano García Arpón y de la Dra. Felicitas Maiztegui Marcó.
En tanto, el Ministerio Público Fiscal lo representó el Dr. Daniel Curtale.
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