La condena se acercó al pedido de pena sostenido por el Ministerio Publico Fiscal, representado por el Dr. Ariel Pinno, quien en los alegatos solicitó una condena de 12 años de prisión.
“Primeramente decir que esta causa llega después de 6 años, es una causa que no tenía elementos convincentes objetivos y certeros para dar la condena que dio el tribunal. Sumado a la que instrucción se hizo de manera de manera deficiente en sentido de la recolección de las pruebas”, sostuvo la abogada del acusado, Adriana Varisco.
En ese marco, sostuvo que dichas pruebas, “No se preservaron en el momento que se debía en el delito acusado por grooming, es un ciberdelito que desde el juzgado se tendrían que haber hecho las previsiones y no agarrar pruebas al aire, o que venían de alguien que desconocemos”.
Y recordó la solicitud de la defensa en los alegatos, “Introducimos primero el beneficio de la duda y subsidiariamente en el caso de que se considerara responsable a la persona, el delito de estupro que está previsto por el artículo 120 del Código Penal. Es una variante en cuanto a la edad de la víctima, tendiendo que hubo consentimiento”.
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