El condenado deberá cumplir con una serie de reglas de conducta mientras dure la condena, que incluye la prohibición de contacto y acercamiento a la víctima y su grupo familiar, así como acreditar el inicio de un tratamiento psicológico relativo al delito por el cual se lo encontró culpable. Asimismo, el Tribunal de Juicio dispuso que, desde el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia, se articule el dispositivo de orientación y contención para la víctima y su familia.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el Dr. Jorge López Oribe, la defensa del condenado a cargo del Defensor Oficial, Dr. Eduardo Tepedino y la querella fue llevada a cabo por la Dra. Adriana Varisco. La Omisión de Debate tiene como finalidad dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el Fiscal estima que no corresponde una pena superior a 3 años.
Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente, sin realización de un juicio oral y público. No obstante, para su implementación es necesaria la aceptación de las partes, es decir la defensa y la querella.
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