A partir de septiembre, los beneficiarios del programa Potenciar Trabajo cobrarán con aumento, confirmó el Gobierno. La suba fue tras la decisión de incrementar el piso del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en un 21%.
A través de la Resolución 11 firmada por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, se reglamentó la nueva ronda de actualización de los haberes para beneficiarios de Potenciar Trabajo. Se trata de un 21% de aumento, escalonado en tres tramos de 7%, entre septiembre, octubre y noviembre, respectivamente.
La suba es tras el incremento del Salario Mínimo, que pasará de $47.850 a $ 57.900. Estos incrementos impactarán en varias prestaciones sociales, entre ellas Potenciar Trabajo, donde los beneficiarios reciben haberes en torno al 50% del valor del salario mínimo establecido por ley, a partir de esta semana.
Potenciar Trabajo cuánto van a cobrar a partir de septiembre
Los haberes de agosto se liquidarán los primeros días de septiembre, y el del próximo mes en octubre, y así sucesivamente. Los beneficiarios tendrán aumentos hasta noviembre, por lo que cobrarán $28.950 al final de noviembre, con el aumento del 21%.
En el desglose mes a mes, los beneficiarios de Potenciar Trabajo cobrarán según el tramo de aumento del 7%, entre septiembre y noviembre inclusive.
Arrancarán cobrando $ 25.600 en septiembre y finalmente alcanzará los $ 28.950, a liquidarse en diciembre:
- Agosto: $ 23.925
- Septiembre: $ 25.600
- Octubre: $ 27.275
- Noviembre: $ 28.950
Potenciar Trabajo: cómo completar el formulario
- Ingresar con usuario (o número de CUIT/CUIL) y contraseña
- Deberán llenar la información requerida en la opción de "Datos personales"
- Una vez hayan llenado estos datos, deberán seleccionar "Encuesta", completar los datos requeridos y hacer presionar en "Finalizá la encuesta"
- Por último, en "Datos académicos", completar el formulario del curso al que te inscribiste previamente, y selecciona en "Finalizá la inscripción".
Cuáles son los requisitos para Potenciar Trabajo
- Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o extranjera/o, con residencia legal de dos (2) años en el país y contar con DNI
- Tener entre 18 y 24 años cumplidos
- Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijas/os menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales y hasta 40 años para personas que no poseen trabajo formal registrado
- Sin límite de edad para personas trans, de pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas
- La suma de los ingresos de la/el joven no debe ser superior a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
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