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Cuáles son las novedades de las moratorias para jubilados de ANSES

Hasta la fecha, hay dos moratorias vigentes y aplicables. Quienes no cumplan con los requisitos para jubilarse podrán realizar los trámites en ANSES.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) determina que las personas deben cumplir con ciertos requisitos, en términos generales, para poder jubilarse de forma correcta. En caso de que no cumplan, de todos modos se han implementado ya hace unos años las moratorias previsionales, destinadas a una gran parte de los adultos mayores que no pueden acceder a jubilación digna.

Entre los puntos más importantes, los jubilados el día de mañana deben completar una cierta cantidad de años de servicios con aportes aún llegando a la edad jubilatoria (60 años de edad para las mujeres, 65 años para los varones y 30 años de servicios aportados).

Por el momento, se encuentra vigente la ley 24.476 (que permite "comprar" años de servicios hasta el mes de septiembre de 1993) y la ley 26.970 (que permite hacer lo mismo hasta el mes de diciembre de 2003).

En ambos casos, además, se debe superar el examen socio económico que la agencia de Gobierno realiza para conocer inmuebles e ingresos, entre otras cosas. Aún así cabe aclarar que las moratorias se inician desde los 18 años de edad de la persona o desde la fecha de radicación en el país si es extranjero y desde allí en adelante se puede aplicar cualquiera de las dos leyes vigentes.

Los trabajadores autónomos o en relación de dependencia que reúnan los requisitos de edad para una jubilación o pensión por fallecimiento de un trabajador, pero no tengan los años de servicios con aportes, podrán hacerlo a través de la adhesión a una moratoria, que les permita completar los años de aportes faltantes.

El trámite se realiza con clave de la seguridad social desde el sitio web de Anses y en Atención Virtual eligiendo la opción Inicio jubilación/PUAM.

Plan de pago para deudas previsionales

Se trata de un proyecto de ley que está destinado a dos grupos poblacionales generales, por un lado a quien se está por jubilar o pensionar y que no reúne los requisitos de aportes previsionales mínimos.

La unidad de pago de deuda previsional consiste en el 29% del ingreso mínimo imponible (cuya última resolución vigente lo estableció en $10.989,91, por resolución 32/2022), o sea aproximadamente al día de la fecha de $3.100 aproximados por cuota y cada cuota implicara la “compra” de un mes de aportes, con algunas características:

  • No se podrá tener otro plan vigente.
  • No se podrá estar percibiendo prestaciones contributiva o no contributiva, salvo que fuere de un haber mínimo legal;
  • Estar residiendo en el país.
  • No haber estado trabajando (en relación de dependencia ni en forma autónoma o monotributista) en el periodo en que va a comprar esos periodos con UNIDADES DE PAGO.
  • Se podrá abonar con un plan de hasta 120 meses.
  • Este plan es válido para periodos hasta diciembre de 2008 inclusive.
Asimismo está pensando en los trabajadores en actividad, autónomos o relación de dependencia que tengan más de 50 años de edad en el caso de la mujer, y menos de 60 años; para el caso de los varones tener 55 años de edad y menos de 65 años.

En caso de que tenga éxito dicha propuesta, se incluiría a muchas personas que a partir de julio de 2022 quedaran fuera de toda chance jubilatoria al extinguirse una de las moratorias hoy vigentes. En tanto, traerá consigo una modificación a la ley que estableció la PUAM y que hoy hombres y mujeres con 65 años no pueden acceder a moratoria alguna.

Moratorias - Jubilados

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