Este martes 21 de septiembre, el Gobierno nacional oficializó la extensión de dos medidas para paliar la crisis provocada por la pandemia del COVID-19 y que reactivan la economía: por un lado el extensión del REPRO II, que consiste en el pago parcial de los salarios de los empleados de empresas afectadas por la crisis y, por otro lado, un la prórroga de la fecha de Previaje, el programa de promoción de la actividad turística.
Las extensiones fueron confirmadas a través de la Resolución 568/2021 del Ministerio de Trabajo y la Disposición 15/2021 del Ministerio de Turismo de la Nación, publicadas este martes 21 de septiembre en el Boletín Oficial, respectivamente.
Repro II: detalles de la extensión del programa
En tanto, el Ministerio de Trabajo extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos (REPRO II). Estableció en el artículo 2 de la norma: “Establécese el plazo para la inscripción al Programa REPRO II, para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de Septiembre de 2021, el cual estará comprendido desde el 24 de Septiembre -12 hrs- al 30 de Septiembre inclusive”.
En tanto, se determinaron los requisitos para aplicar los criterios de preselección, las fechas de facturación y nómina de las empresas que deseen acceder al beneficio del Programa REPRO II. Los detalles:
1) Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Agosto de 2019 y Agosto de 2021.
2) Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
3) Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Agosto 2021.
4) Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Septiembre inclusive.
5) Corte de actualización CBU: 23 de Septiembre inclusive.
Previaje: detalles del programa turístico
Por otro lado, se oficializó la extensión del programa turístico “Previaje” que, a partir de ahora, será hasta el 26 de septiembre el plazo para cargar comprobantes para los viajes a realizar entre el 1 y el 30 de noviembre 2021.
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