La semana pasada entró en vigencia el nuevo tipo de cambio para consumos con tarjeta de crédito en dólares, que tendrá un recargo impositivo adicional del 25%. En este marco, en las últimas horas se dieron a conocer algunos detalles sobre cómo los bancos cobrarán esa percepción y qué ocurrirá con los que tienen dos o más plásticos.
1. Tarjetas de crédito: ¿cómo se aplicará la retención?
En tarjetas de crédito, se aplicará la percepción por liquidación al finalizar el período y en todos los casos en que el consumo supere los u$s300. Para las tarjetas de débito y prepagas, no se aplicará salvo que el consumo supere los u$s300.
El nuevo recargo impositivo desde los 300 dólares en adelante se sumarán entre los consumos que se hagan con tarjeta de crédito, débito y también si el usuario tiene varios plásticos de bancos distintos. Se engloba a todos los consumos que tenga un mismo usuario.
Según AFIP, el organismo cuenta con la posibilidad de entrecruzar la información de los consumos en el exterior de los contribuyentes y resolverá el problema de los bancos mientras ellos desarrollan sus propios sistemas.
3. ¿Hasta cuándo tendrá vigencia la medida?
El Gobierno no le puso fecha de vencimiento.
4.¿Se paga todo el consumo o solo el excedente?
Si un contribuyente realizara operaciones por 301 dólares, no solo pagará el precio nuevo por ese dólar excedente sino por todo su consumo.
5.Cuántas personas están incluidas en la medida
Según estiman en el Poder Ejecutivo, afectará a una porción menor de la cantidad de contribuyentes que hacen operaciones de este tipo. En agosto pasado, por ejemplo, solo 200 mil personas hicieron compras dolarizadas por un valor superior a los u$s300.
6. Dólar cash
Sigue vigente la posibilidad de pagarle a una agencia de turismo o el resumen de cuenta bancario directamente en dólares si ya los tuvieran atesorados, para de esa forma no tener que afrontar la compra de divisas a más de 300 pesos.
Comentarios