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Judiciales

Lo prendió fuego y fue sobreseída



Se trata del violento incidente doméstico ocurrido el pasado mes de abril, en el que una mujer identificada de apellido Dos Santos, arrojó alcohol a su pareja y chispeó un encendedor ocasionándole quemaduras en el cuerpo.

El juez interviniente en la causa Dr. Daniel Cesari Hernández en una entrevista para FM FUEGO, brindó detalles sobre la resolución de la causa.

“Decidí su sobreseimiento por diversas razones. En primer momento, las primeras versiones del caso presentaba a una persona lesionada por la acción del fuego y se presumía que su estado era de relevancia, pero el avance de la investigación y la intervención de los cuerpos forenses, determinaron que las lesiones son de índole leve, es decir, que no pusieron en riesgo su vida y no demandaban más de 30 días de curación”.

En este sentido el Juez señaló “Por otra parte, también hay que destacar que la propia víctima, es decir, el esposo de la señora, se presentó tanto en el Juzgado como en la Fiscalía, solicitando que la causa no continuara, de modo tal que en este caso, siendo las lesiones de carácter leve, él tenía la posibilidad de hacer esa manifestación sin perjuicio, la cual se toma en cuenta, pero no tiene efecto de interrupción, ya que cuando uno hace una denuncia, no puede dejarla sin efecto”.

“Es así que se continuó la investigación, se llamó a indagatoria a la señorita, quien estuvo detenida unos días, y luego se propició su liberación y en el día lunes, luego de todas las tareas periciales, llegamos a la conclusión que la prueba que se había colectado, no permitía alcanzar el grado de sospecha y el grado de certeza que se requiere en un procesamiento. Este último no es una decisión definitiva. Y aclaró “Cuando un juez procesa a una persona, no tiene una equivalencia de una condena, es decir, que la sospecha que recae sobre esa persona y su relación con el hecho que se está investigando a pedido del fiscal, ha aumentado, pero no significa que esté condenado, que sea culpable ni que pierda su presunción de inocencia”.

“En el caso de la señorita, estábamos en un estado que ni siquiera podíamos elevar la sospecha a un grado intermedio, que es el del procesamiento. Si bien estaba probado que la misma le arrojó alcohol a su pareja y que ‘chispeó’ con el encendedor, se crea una situación de duda de cómo sucedieron los hechos, ya que ocurrieron dentro de la vivienda y sin testigos. La señorita reconoció haber prendido fuego al señor, pero alegó haberlo hecho en estado defensivo, ya que según ella, él la estaba agrediendo físicamente, y manifestó que su vida estaba en peligro, posicionándose en la situación “era él o era yo’”.

Asimismo explicó “Cuando la víctima declaró ante nosotros, reconoció haberla agredido, es decir, que la estrategia defensiva que planeó la señorita, encontró en el testimonio de la propia víctima un respaldo parcial, pero sí es importante que quede claro que la joven dijo ‘me defendí del ataque del cual estaba siendo víctima por parte de mi pareja’ y el hombre víctima dijo ‘sí, yo la ataqué”. Finalizó diciendo el Magistrado.

Río Grande

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