La medida fue solicitada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), con presencia en 35 regionales del país. El juez consideró que la organización tiene legitimación activa nacional y que los reclamos colectivos cumplen con los requisitos del precedente “Halabi” de la Corte Suprema, al proteger derechos homogéneos afectados por una acción continua del PAMI.
El fallo señala que las resoluciones cuestionadas imponían cargas “desproporcionadas” a los afiliados, como la presentación de información patrimonial que el Estado ya posee, contraria a la eficiencia administrativa. Además, subraya la urgencia de proteger el derecho a la salud de personas mayores, grupo especialmente vulnerable.
Quirós fundamentó la medida en el principio de tutela colectiva y en la doctrina “Halabi”, reconociendo la representación efectiva de la APDH en todo el país. También precisó que los trámites ya iniciados por los beneficiarios mantienen plena validez.
Desde la APDH, Eduardo Tavani, Paula Topasso y Mariela Pérez Cisneros celebraron la decisión, calificándola como un paso clave para frenar el retroceso en derechos esenciales producto de políticas de ajuste. La organización enfatizó que “los adultos mayores merecen protección especial, integral e inmediata” y reafirmó su compromiso de defender la salud y dignidad de los jubilados en todo el país.
El fallo instruye además al PAMI a informar en 48 horas sobre las medidas adoptadas para cumplir la resolución y a difundirla en medios de alcance nacional, asegurando que todos los afiliados conozcan la reinstauración de la cobertura total de medicamentos esenciales.