Abregú ya cumplió los 72 años que por ley lo hacen pasible de acceder a la prisión domiciliaria por su edad, beneficio que solicitó a principios de marzo al Juzgado de Ejecución.
Mientras sigue recluido en la Unidad de Detención 1, propuso continuar su estado de detención en un domicilio que le habrían prestado para pernoctar, dado que este sujeto no residía en la provincia, a la cual ingresó de manera furtiva para entregarse en octubre del año pasado.
En el pedido, la defensora de Abregú sostuvo el estado delicado de salud propio de la edad.
Por ello, la jueza de Ejecución Natalia Buitrago utilizó informes sociales y del Consejo Correccional de la Unidad de Detención que analizó las condiciones del alojamiento propuesto en la zona del barrio 2 de Abril de Río Grande.
En ese marco, las consideraron como “paupérrimas” y que prácticamente viviría mejor dentro de la Unidad de Detención 1.
Por su parte, se determinó que solo sufre de hipertensión, pero que ese cuadro clínico puede ser abordado desde el establecimiento penitenciario con el área de Sanidad.
La jueza concluyó que dentro de su edad, las condiciones del detenido dentro del ámbito carcelario “no afectan el principio de humanidad”.
La causa por el homicidio quedó pendiente de prescribir a como se resuelva la causa pendiente por la “evasión o fuga”,