El Gobierno nacional flexibilizó los requisitos para el ingreso al país de ciudadanos extranjeros que no cuenten con el esquema completo de vacunación contra el coronavirus. La medida impulsada por el Ministerio de Salud de la Nación se tomó en el marco de la apertura de fronteras desde el 1 de noviembre a ciudadanos que llegan de distintas partes del mundo.
A través de la Resolución 2948/2021 publicada en el Boletín Oficial, la cartera que conduce Carla Vizzotti definió que podrán ingresar a territorio nacional los familiares directos de argentinos o residentes en el país “que viajen por motivo de visita familiar y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia”.
De acuerdo al texto, deben ser hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes, al tiempo que tendrán que presentar la partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil/convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio. “La documentación debe estar apostillada”, precisaron desde el ministerio.
Asimismo, también pueden solicitar la excepción de ingresar sin el esquema completo de vacunación los extranjeros no residentes que viajen por motivos “de trabajo, negocios, estudios o capacitaciones, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportistas”.
En cualquiera de estos casos, la persona tendrá que presentar un documento que lo avale “ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación”.
Por último, aclara que quedarán exceptuados aquellos extranjeros a los que se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria. En este caso, las autoridades precisaron que la documentación que habilita el ingreso deberá ser portada por la persona que ingresa al país “en todo momento”, al menos durante las primeras dos semanas, “para ser aportada a las autoridades nacionales, provinciales o municipales competentes”.
De acuerdo a los considerandos, el Gobierno nacional subrayó que “si bien la situación internacional en relación con la variante Delta continúa representando un riesgo, la República Argentina, al alcanzar niveles elevados de vacunación principalmente en los grupos de más riesgo, se encuentra en condiciones de continuar avanzando en la flexibilización”. Además, destacó la “baja circulación viral” y que “ninguna jurisdicción presenta más del 80% de ocupación de camas de terapia intensiva”.