Turismo

“La ley ya era obsoleta y no representaba a la actividad turística”

Paola Priotti en una entrevista para FM FUEGO, hizo referencia a uno de los puntos más importantes de la derogación de la Ley 18.829, entre ellas, la N°29 que refiere a la "Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo".
“El DNU trata muchos aspectos y uno de ellos es el turismo, las leyes que se derogaron hace mucho tiempo el sector venía pidiendo sus modificaciones porque son obsoletas, sancionadas en 1972 cuando el turismo que se desarrollaba era totalmente diferente a como lo conocemos hoy”, comenzó diciendo Priotti.
En esa línea, caracterizó que la ley ‘no representaba la actividad’, “Además de que incluía muchas trabas para aquellas personas que querían habilitar una agencia de turismo que las llevaba a incurrir en costos excesivos y hacer un trámite que duraba más de un año. Era necesaria la modificación, acá fue algo un poco más drástico porque directamente se la derogó”.
En ese aspecto, valoró, “Ahora hay que esperar que exista una nueva reglamentación, eso va a depender del Congreso y que se pueda repensar desde cero la actividad turística a como es hoy y cómo va a ser a futuro”.
Por otro lado, resaltó: “Si es importante entender que desde la visión del pasajero esta derogación no representa perjuicios, ni la seguridad en los viajes, porque al mismo le cabe lo que es la ley de Defensa al Consumidor frente a incumplimientos o mala información. Pero si afecta al proceso de habilitación de la agencias de turismo”.
En el marco de la seguridad y las modificaciones de las obligaciones a cumplimentar por las agencias precisó, “Hay una mala información respecto de la finalidad del seguro de caución, porque este mismo no velaba por el cumplimiento frente al pasajero, sino que lo hacía por la aplicación de las multas y el cobro que efectuaba el Ministerio de Turismo de nación, es decir, el seguro le permitía y daba garantía de que frente a problemas de las agencias con los pasajeros, el ministerio iba a poder cobrar las multas”.
“Eso en nada representaba mayor calidad de servicio hacia los pasajeros, ni mayores garantías de cumplimiento frente a los pasajeros. De hecho si uno rememora muchas situaciones complejas que han vivido los pasajeros frente a incumplimientos, siempre esas vías se han canalizado a través de la ley de Defensa al Consumidor. Eventualmente el ministerio ofrecía una instancia de mediación pero no se aplicaba el seguro de caución para cubrir perjuicios sino que era solo para que el ministerio pudiera cobrar las multas”, ratificó.
Asimismo, Priotti recordó cómo funcionaba la habilitación de este tipo de comercio, “Previo a las habilitaciones había una inscripción a un registro nacional de Agencias de Viajes, que esto es lo que deroga el DNU. Para inscribirse se debía iniciar un trámite un año antes de abrir sus puertas, donde había que pagar distintos tipos de aranceles, donde ya se debía incurrir en costos, y no permitía a la agencia todavía atender al público. A su vez se tenía que pagar el seguro de caución que se respaldaba con garantías patrimoniales que debían tener”.
“Lo que hay que pensar efectivamente es de qué forma el turismo como actividad económica puede velar de mejor manera frente al pasajero, para eso tenemos que repensar todo el ecosistema normativo, no solamente la inscripción en el registro de agencias de viajes y la forma en la que controla el Ministerio de Turismo de nación, y si este tiene una función de aplicar y cobrar esas multas, o si tal vez, como siempre se pensaba, en que la función de fiscalización tenían que ser de los órganos provinciales porque no tenían plena facultad de control”, concluyó.

DNU Y AGENCIAS DE VIAJES

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