En un fallo histórico, el juez Federico Calvete priorizó el “espíritu” de la ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política, entendiendo que “La sanción de la ley de paridad fue pensada para proteger la condición de un grupo de la sociedad que de algún modo no tenía acceso real de oportunidades en los lugares de toma de decisión”.
El magistrado analizó que “Dadas las características de composición actual de las Cámaras del Congreso, en cuanto a la cantidad de mujeres y varones que la componen y, en la medida en que deban realizarse acciones positivas tendientes a equilibrar el sistema de oportunidades reales” el sistema de reemplazos del artículo 164 del Código Electoral resulta contradictorio "con la propia finalidad de la ley 27.412 (de Paridad de Género)”.
La disputa con el candidato suplente de la lista, Ricardo Garramuño, se dio por lo establecido en el artículo 164 del Código Electoral, en principios de paridad de género. En síntesis, la norma define que, en caso de ausencias, los hombres deberán ser reemplazados por hombres, y las mujeres por mujeres.
No obstante, Calvete comprendió que “Esa premisa establecida en la nueva redacción de la norma, de ninguna manera puede producir o verse ajena al fin que la misma vino a proteger”.
Además, el Juez Federal sentenció que “Lo que se intenta, no es sólo que la mujer sea postulada como un simple formalismo, transformando esa candidatura en una mera declaración testimonial, sino que, en casos en donde debe hacerse efectivo su acceso a las bancas éstas se hagan realidad. La paridad en la representación política sin lugar a dudas debe ser repensada como un espacio compartido entre hombres y mujeres generando así una representación equilibrada de ambos géneros”.
“En este caso en particular, se ha demostrado una manifiesta irrazonabilidad en el sistema de reemplazos adoptado por la ley 27.412 en el caso de los diputados nacionales, y es por ello que, ante dos soluciones posibles (el reemplazo de la banca por un hombre o por una mujer), debe procurarse aquella que garantice el adecuado equilibrio entre ambos en la composición del cuerpo legislativo. Lo contrario importaría una disminución en el porcentaje de representación de las mujeres en el cuerpo, cuestión que claramente vulnera el accionar progresivo que la legislación vigente en nuestro país en esta materia ha tenido en miras”, sostiene el fallo del juez Federico Calvete.
Y aclara: “Sería contradictorio adoptar una solución contraria a la propia finalidad de la ley 27.412, en la que se procuró atender una necesidad histórica de protección de las mujeres frente a la desigualdad de acceso a cargos públicos electivos”.
La decisión judicial tendrá un impacto político en la Cámara de Diputados, ya que el PRO terminará perdiendo un integrante de su bancada a manos de los radicales que conduce Rodrigo de Loredo.
El fallo judicial todavía podría ser apelado, pero desde la Cámara de Diputados habían adelantado que respetarían la decisión de la Justicia.
El diputado nacional del PRO, Héctor “Tito” Stefani, falleció el pasado 12 de octubre a los 64 años tras una larga lucha contra un cáncer de piel, lo que le impidió participar en la última votación sobre el veto al financiamiento universitario. Sus restos fueron velados en el Salón de los Pasos Perdidos del Congreso de la Nación.