El proyecto que garantiza los derechos humanos de las personas en situación de calle y de las familias sin techo fue aprobado este jueves por el Senado de la Nación, y convertido en ley, por 44 votos afirmativos, tres negativos y siete abstenciones.
La iniciativa define como su objeto el de garantizar integralmente y hacer operativos los derechos humanos de las personas en situación de calle y "en riesgo a la situación de calle que se encuentren en el territorio de la República Argentina".
Asimismo, se dispone la creación, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, de un espacio de articulación para coordinar su implementación, particularmente en lo referido a los deberes del Estado y a los programas de política pública.
De ese espacio deben participar los ministerios de Salud; de las Mujeres, Géneros y Diversidad; del Interior; de Desarrollo Territorial y Hábitat; de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación (SEDRONAR); los ámbitos universitarios, sindicales, organizaciones sociales; y cualquier otra área que deba estar involucrada para un abordaje integral en la materia a nivel nacional, provincial y municipal.
Se establece como principio general el siguiente: "La situación de calle y el riesgo a la situación de calle son estados de vulnerabilidad social extrema que implican una grave restricción para el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos".
Según el proyecto aprobado hoy, las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle tienen derecho a ser respetadas en su dignidad personal y en su integridad física.
Asimismo, indica que el Estado debe realizar acciones positivas tendientes a evitar y eliminar toda discriminación o estigmatización hacia las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de calle, estableciendo a la vez condiciones que permitan el ejercicio de su autodeterminación y el libre desarrollo de la personalidad y de la subjetividad.
También se establece el derecho a la identidad personal, que supone la individualización en la sociedad mediante un nombre propio, una personalidad jurídica y una nacionalidad.
Además, el Estado debe realizar acciones positivas para la tramitación gratuita de todos los documentos necesarios para acreditar la identidad personal: partida de nacimiento, documento nacional de identidad, las claves únicas de inscripción laboral y tributaria y toda otra documentación que sea tendiente al reconocimiento de su identidad.
La norma establece que las personas en situación de calle o en riesgo de situación de calle tienen derecho al acceso y uso de los servicios, de la infraestructura y de los espacios públicos sin discriminación por su condición de vulnerabilidad.
El Estado debe procurar evitar el uso coercitivo de la fuerza pública, para ello debe agotar todas las instancias de articulación de las acciones y medidas asistenciales establecidas en esta ley.
La senadora del Frente de Todos, Ana Almirón, remarcó que "la gente que está en la calle se encuentra en situación extrema" y agregó que "este proyecto tendría que haber sido aprobado mucho antes". "Vivir en la calle no es digno. Parecería que la solución es darle alimentos y no derechos. Parece que lo hacen para sentirse bien", manifestó.
El radical chaqueño Víctor Zimmermann ratificó el acuerdo de la oposición al proyecto afirmando: "En nuestra provincia tenemos altos índices de pobreza y marginalidad y nos parece que este es un proyecto oportuno porque el Estado debe estar siempre presente para resolver los problemas de los que tienen alta vulnerabilidad".
Por su parte, la legisladora santafecina Alejandra Vucasovich, del Interbloque Parlamentario Federal opinó, por el contrario, que "esta ley no cumple con la intención de que se apliquen los derechos humanos para cada uno de los indigentes".
"No entiendo qué es lo que quieren decir cuando hablan de ampliación de derechos. ¿Ampliación de derecho para que duerman en una plaza? ¿Inclusión es dejarlos dormir en un parque? Los indigentes tienen derecho a una vivienda digna, no a ocupar un lugar público", sentenció Vucasovich.
Finalmente, la porteña de Juntos por el Cambio, Guadalupe Tagliaferri, mencionó que "esta ley tiene enormes y ambiciosos objetivos" y destacó que "como está planteada o es inaplicable o es para repartir plata a los grupos sociales amigos y dejar desdibujado al poder ejecutivo de cada una de las provincias".
En tanto, a continuación los senadores también convirtieron en ley, por unanimidad, una iniciativa que modifica la ley 26.130 de “régimen para las intervenciones de contracepción quirúrgica” sobre los servicios de sistema de salud para personas con discapacidad.
La iniciativa modifica la ley de anticoncepción quirúrgica para incluir a las personas con discapacidad el derecho de expresar su voluntad para acceder a la realización de las prácticas denominadas "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía".
También se aprobó un proyecto en revisión, que se convirtió en Ley, para inscribir la "condición de detenido-desaparecido en los legajos laborales de los trabajadores víctimas del terrorismo de Estado que revistaban como personal en relación de dependencia del sector privado".
La inscripción se realizará aun cuando esas personas figurasen desvinculados por cualquier otra causa. Además, se agregará la inscripción de "detenido-desaparecido" con el número de registro de la Dirección Nacional de Fondos Documentales del Archivo Nacional de la Memoria.
Esta inscripción "configurará la expresión de una reparación histórica de las violaciones a los derechos humanos de los trabajadores y trabajadoras del sector privado que hubieran sido verificadas".
Por otro lado, también se giró a Diputados un proyecto acerca de la "formación integral sobre la causa Malvinas para las personas que se desempeñen en la función pública".
La iniciativa establece la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
La capacitación se llevará a cabo en el marco de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
La tarea de capacitar a las máximas autoridades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación estará a cargo de la autoridad de aplicación.