El Juez de Instrucción N° 1 del Distrito Judicial Norte, Daniel Césari Hernández, le comentó a FM Fuego sobre el acuerdo que llegó el imputado Segovia con el municipio de Río Grande: Se llevó a cabo la semana pasada, una audiencia oral, en la que concurrió el imputado con su abogado defensor, el señor Fiscal Mayor, como así también la letrada apoderada del municipio de Río Grande. Esta audiencia tuvo por objeto, reunir a las partes en virtud del ofrecimiento inicialmente formulado por el imputado, a fin de llegar a un acuerdo con el municipio dentro del parámetro del artículo 59 inciso sexto del Código Penal, que contempla la posibilidad del instituto de la reparación integral frente a hechos de orden patrimonial. Previo a la audiencia y en virtud de aquella propuesta, se dio intervención tanto a la querella como a la fiscalía, quienes se manifestaron a favor de esta salida alternativa, ese fue el objeto de la audiencia, donde las partes reafirmaron cada una su posición, expusieron frente al tribunal los fundamentos de cada una de esas posiciones. A posteriori, el rol del juzgado en este caso, es la de analizar la legalidad del acuerdo, es decir, si la parte acusadora, que en este caso es la fiscalía, tenemos acusación particular por la querella y la defensa llegan a un acuerdo, el tribunal no puede apartarse de ello, salvo que ese acuerdo sea ilegal, desproporcionado, inequitativo o irracional. Si estos parámetros no se presentan, por el contrario, es un acuerdo dentro de la legalidad, que pone a las dos partes en igualdad de condiciones, el imputado se encuentra asesorado, el estado provincial se encuentra correctamente representado y el interesado también, el tribunal está en condiciones de considerar la homologación del acuerdo. Esto fue lo que dispuse, la homologación de este acuerdo y a partir de ello, el imputado, queda sometido a la obligación de lo que se pactó ahí, este acuerdo recién difiere la resolución de su situación procesal, al momento que se acredite efectivamente el cumplimiento de lo comprometido, mientras tanto, la causa queda a resguardo en el tribunal y bajo el control del tribunal del cumplimiento de los compromisos asumidos por el imputado que en este caso es, la devolución de los importes, más intereses reclamados por el municipio, más tareas de orden comunitario, más otro compromiso personal y la instrumentación del pago, según lo acordaron las partes, más detalles no se pueden dar. En definitiva, la causa se encuentra orientada dentro de lo que establece el artículo 59, inciso sexto del Código Penal”.
Por otro lado, también dio cuenta de la investigación que terminó con el allanamiento a una cervecería clandestina: “La investigación sigue su curso, a partir de esta semana, se ha convocado al cuerpo médico forense del Poder Judicial, encabeza de la subdirección pericial del distrito judicial norte, para que lleve a cabo estudios químicos, sobre los diversos productos que fueron secuestrados en el allanamiento y sobre las diversas muestras de los productos que estaban a la venta que fueron tomadas al momento de esa diligencia. Cuando hicimos el allanamiento, se dispuso, entre otras medidas, en virtud que había productos presuntamente de la industria cervecera, almacenados en los toneles, tanto de producción como de almacenamiento, se dispuso su resguardo a fin de su peritación, que es lo que se está haciendo en estos momentos. Paralelamente, terminó la ronda de testimoniales, estamos aguardando coordinar, con los dos muchachos que estaban internados, quienes afortunadamente están cursando una evolución favorable, según nos certificó nuestro forense, los dos ya se encuentran en condiciones de declarar, tenemos que precisar si será una declaración presencial, en este caso sería con traslado del tribunal hacia donde están los chicos o bien materializarlo por video conferencia”, finalizó diciendo Cesari Hernández.