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Crédito a Tasa Cero 2021: el Gobierno nacional flexibilizó los requisitos

A través de una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional, por medio del Ministerio de Desarrollo Productivo, realizó cambios para que más cantidad de monotributistas puedan ser beneficiarios.


El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Desarrollo Productivo, flexibilizó los requisitos para acceder al programa Crédito a Tasa Cero 2021, para que una mayor cantidad de monotributistas pueda convertirse en beneficiarios.

Fue por medio de la resolución 626/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial que se determinó que "atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios".

En este marco, quedó sin efecto el requisito establecido en los casos de solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

También se eliminó la condición para aquellos que no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio "que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría".

En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $ 20.800.

Por otra parte, se suprimió también el impedimento que regía sobre los sujetos que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal.

Cuál es el nuevo requisito para acceder a los créditos a tasa cero
En tanto, se incorporó como nuevo requisito que no serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año.

Qué es el crédito a tasa cero
El Gobierno nacional puso a disposición nuevos Créditos a Tasa Cero por hasta $150.000. Los créditos garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo se tramitan a través de la página web de la AFIP y las entidades financieras los acreditan en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista. Los préstamos cuentan con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.

 

"Los Créditos a Tasa Cero para monotributistas son una herramienta para apuntalar el proceso de recuperación económica. Durante 2020 la iniciativa ofreció financiamiento a 562.000 pequeños contribuyentes que accedieron a un monto superior a los $66.000 millones", asegura el Gobierno nacional a través de su página oficial.

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Los préstamos se tramitan con clave fiscal a través del sitio web de la AFIP, hasta el 31 de diciembre de 2021. El servicio permite a cada monotributista conocer si, de acuerdo a los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está habilitado a tramitar un Crédito a Tasa Cero. El monto del préstamo al que podrá acceder cada monotributista dependerá de la categoría de su monotributo previa a la recategorización (la que se encontraba vigente al 30 de junio):

Categoría “A”: hasta $90.000
Categoría “B”: hasta $120.000
Resto de las categorías: hasta $150.000
En tanto, aquellos monotributistas que accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 podrán volver a tramitarlo. "Cuando la o el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior", aclararon.

Los Créditos a Tasa Cero cuentan con una garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) y la bonificación de la tasa de interés que se concreta con el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

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