Judiciales

Cesari: "No son Argumentos que validen el incumplimiento que ella misma reconoció"

Ayer se conoció el primer procesamiento que dicta la Justicia Provincial en relación al caso de una vecina de la ciudad que violó el aislamiento.

Se trata de una mujer que llegó a la provincia, a principios de julio, en uno de los colectivos dispuestos para los Fueguinos repatriados. La misma fue trasladada a su vivienda y tal como lo establece el protocolo firmó una declaración jurada para permanecer en aislamiento preventivo por 14 días. A los dos días fue sorprendida por la policía fuera de su domicilio, incumpliendo la cuarentena establecida en el marco de las disposiciones provinciales.

El Juez de Instrucción Nº1 Daniel Cesari Hernández, en declaraciones con FM Fuego, explicó los motivos del procesamiento de esta ciudadana: “fue imputada por la fiscalía como autora del delito que contempla el artículo Nº 205 del código penal, por incumplir las directivas emanadas de la autoridad, pendiente a la evitación de que una epidemia se propague”.

El magistrado explicó que en este caso, como las normas que no se cumplieron fueron emanadas del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, el bien jurídico que estaba siendo potencialmente afectado era la salud pública de la provincia y esa es la razón que dio competencia a la justicia Provincial en este caso.

Sostuvo que es un delito que tiene prevista una pena de entre 6 meses y 2 años y agregó “consiste justamente en estar en conocimiento de que debía realizarse una cuarentena estricta por 14 días y a pesar de conocer esa situación esa obligación no se cumplió, sino que la señorita se ausentó aproximadamente 2 horas de su domicilio”. “La circunstancia fue constatada directamente por personal de la Comisaria 4º en el marco de las tareas de control de ese cumplimiento que diariamente se llevaban a cabo” añadió.

En tal sentido el Juez remarcó que “se le hace conoc

er que el incumplimiento le puede generar una investigación penal por el articulo Nº 205 y las modalidades que debe mantener en esa cuarentena en el supuesto de que, por ejemplo, conviviera con otra persona”. Explicó que todos estos aspectos se le informan de manera verbal y también por escrito y que el documento que debe firmar tiene carácter de declaración jurada: “ese documento está desde el primer momento en la causa con lo cual tenemos acreditado la fecha en que ingresó, que sabía dónde tenía que realizar la cuarentena, que debía hacerlo hasta el 13 de julio, que no podía egresar y que tenía vías de comunicación ante cualquier necesidad que tuviera”. “Se le dio toda la posibilidad para que supiera que es lo que tenía que hacer y que no” subrayó.

“Si bien alegó en su descargo una suerte de justificación, el tribunal consideró que esa versión no era válida para excusar la responsabilidad y eso fue lo que me llevó a decidir su procesamiento, que está ahora en periodo de eventual apelación por parte de la Defensoría Oficial que es quién la está asistiendo” expresó.
El magistrado sostuvo que independientemente de la justificación que dio la mujer “ella reconoció que tenía que hacer la cuarentena y que se fue de la casa, está plenamente acreditado”. Asimismo, agregó que también está acreditado que la situación fue advertida por el propio personal policial que estando en la puerta del domicilio la vio llegar.
Explicó que es válido cualquier descargo, pero esas explicaciones luego tienen que ser evaluadas y balanceadas con la prueba que da fundamento a la acusación: “ese balance me inclina a mí hacia el lado de decir que los argumentos que dio la señorita no son argumentos que validen el incumplimiento que ella misma reconoció”.

Comentó también que esta causa generó la activación del protocolo de seguridad sanitaria porque la mujer tuvo contacto con otras personas: “Inmediatamente las autoridades de epidemiología contactaron a todas esas personas con las cuales pudo haber tenido vinculo la señorita”. Afortunadamente, nadie presento ningún cuadro de Covid-19.
Finalmente se refirió a otro caso, también en el sector de la Margen Sur de la ciudad, que involucra aproximadamente unas 8 personas que incumplieron la prohibición de reuniones sociales, afirmó que “también es un hecho constatado por la Comisaría 4º y en el cual se encuentran notificados de derechos y garantías 8 personas que según la agenda del Tribunal estamos estimando convocar a indagatoria próximamente”.

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