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ANSES recuerda que jubilados y pensionados pueden designar apoderados para trámites y cobros

Los apoderados para trámites pueden ser familiares directos como cónyuges, convivientes previsionales, padres, hijos, abuelos, hermanos, sobrinos, primos y cuñados, entre otros. También se puede designar un representante especial por tiempo determinado en caso de que el titular tenga dificultades para movilizarse.
Para el cobro de haberes, además de familiares, se puede elegir como apoderado a entidades públicas, mutuales, instituciones de asistencia social, abogados y procuradores. En el caso de residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a bancos que permitan giros al exterior, como el Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Banco Patagonia, Credicoop, Banco Piano y Banco Comafi.

ANSES

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