A través de la Disposición 1819/2022 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de una marca de aceite de girasol de origen mendocino.
Se trata del “Aceite de girasol, marca: Aceitera Luna”, que es “fraccionado por Aceitera Luna SRL”. Dicha Sociedad de Responsabilidad Limitada tiene domicilio en San Martín, provincia de Buenos Aires.
La Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza logró trazar el recorrido del producto hasta una tienda de tipo “autoservicio” en la localidad de Rivadavia. Estando allí, “se constató la comercialización y procedió al decomiso e intervención de ochenta y dos (82) bidones de 4,5 litros cada uno del producto investigado”, detalló el organismo. Luego, y sumándose el análisis llevado a cabo por la Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), fue posible determinar que el aceite de girasol Luna, como fue antes mencionado, era presuntamente elaborado en territorio bonaerense.
“El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto Nº 2126/71, los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales”, dictaminó Anmat.