Ramos dispuso los procesamientos de Carlos Alfredo Velasco, María Susana Spina y Javier de Gamas Soler por los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. En el caso de Velasco, además, la medida involucra la figura de “destrucción de medios de prueba”, pues se le reprocha haber calcinado video filmaciones obtenidas ilegalmente por orden del juez para utilizarlas en el direccionamiento de la causa y la presión a testigos e imputados.
La actuación de los secretarios de Galeano está bajo investigación desde que se conoció la existencia de una grabación en la que, con intervención de la entonces secretaría de Inteligencia (SIDE), le ofreció 400 mil dólares al acusado Carlos Telleldín para que involucrara falsamente en el atentado a policías de la provincia de Buenos Aires.
Aquel acto, que a la postre terminó causando una nulidad general de la causa, le valió a Galeano una condena de un tribunal oral –aún no confirmada- por los delitos de “peculado, privación ilegal de la libertad, prevaricato, encubrimiento por favorecimiento personal y violación de medios de prueba”.
Velasco, Spina, De Gamas y José Fernando Mariano Pereyra (quien fue sobreseído en el mismo fallo) están acusados de haber colaborado a sabiendas de la ilegalidad de sus actos con las órdenes de Galeano, que la misma resolución califica de ilegales.
Sin embargo, el juez Sebastián Ramos consideró que a lo largo de los seis años que insumió esta parte de la investigación en sus manos (la heredó del juez Ariel Lijo, quien fue apartado de la causa por la Cámara Federal), “no se produjo prueba que logre conectar las irregularidades llevadas a cabo por los imputados con un objetivo encubridor. Por lo menos en lo que refiere a la denominada pista siria o Kanoore Edul o la falsa acusación de los policías bonaerenses”.
Según Ramos, los secretarios “se encontraban al margen en términos de conocimiento sobre el objeto final de la acción” de Galeano.
El abogado de Memoria Activa, Rodrigo Borda, estalló contra los argumentos del juez Ramos. «No se trata de interpretar o inferir si sabían o no sabían. Hay prueba directa, están filmados, hay actas procesales falsas que las firman ellos. Son infinitas las irregularidades en las que participan, además de ese vínculo estrecho que tenían con Galeano. Es imposible pensar que colaboraron de casualidad, sin saber, y que esas acciones les salían siempre para el lado del encubrimiento pero de casualidad”.
Según el abogado, las distintas instancias que intervinieron en la Causa AMIA realizaron “una defensa corporativa” de los funcionarios que intervinieron en la etapa inicial de la investigación que posibilitó que el atentado continúe hoy impune. Borda dejó a salvo a una formación ad-hoc de la Cámara Federal (que estuvo integrada por jueces de la Cámara del Crimen, que ya no están en esa función) y al tribunal oral federal que declaró nulas las acciones de Galeano y promovió la investigación que terminó en su condena, aún no confirmada.
“El hecho de que nos acostumbremos a que la justicia haga una defensa corporativa de quienes participaron en irregularidades en la causa no le quita gravedad a lo que ocurrió. Actas falsas, apriete a testigos, encubrir una pista, pagarle a un imputado para que mienta, imputar falsamente y meter presa a gente inocente, grabarse con cámaras escondidas en el perchero del despacho de los secretarios y usar esas filmaciones para apretar testigos. Que una parte del Poder Judicial sienta empatía con esas conductas no sólo es inquietante; aterroriza. En todos estos años no ha cambiado nada”, resumió Borda.
Los secretarios estaban imputados por 15 hechos diferentes, que desembocaban en la conclusión de que habían participado activamente en las ilegalidades atribuidas a Galeano como conductor de la investigación. Pero el juez Ramos consideró que sólo cometieron el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, que tiene una pena máxima de dos años de cárcel y cuatro de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
“Los actos realizados por parte de los secretarios, si bien acompañaron activamente el desarrollo de la actividad jurisdiccional viciada, no determinaron una cooperación o intervención típica al plan orquestado por Juan José Galeano en su rol de supervisor y director del proceso”, sostuvo la resolución de Ramos, de un centenar y medio de páginas.
En ese contexto, los secretarios ahora procesados aparecen como una suerte de víctimas del juez: “Galeano persiguió su objetivo a través de su función de juez federal en coordinación con otros funcionarios de Estado que ocupaban lugares estratégicos para que ese fin rinda sus frutos, y a sabiendas de ello, contando con ese apoyo, daba órdenes que sabía fehacientemente iban a ser cumplidas por sus secretarios”. Memoria Activa replicó en la apelación del fallo: “La cantidad de acto irregulares de los que habrían participado los acusados, la sincronización con la que se manejaron y el hecho de que todos estos aportes iban en la misma dirección de contribuir a la maniobra global de encubrimiento, más bien demuestran lo contrario de lo que Ud. sostiene. Insistir en que ellos no sabían o no comprendían el verdadero alcance de sus numerosos y coordinados.