En un comunicado, el organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont indicó que el Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados.
"La herramienta es el resultado del trabajo conjunto entre la AFIP y el Ministerio de Salud de la necesidad para adoptar medidas transitorias de protección y alivio fiscal a los contribuyentes del sector" y busca "garantizar el normal desempeño y funcionamiento de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que lo conforman", añadió.
La resolución general precisa en su artículo 1 que entre los beneficiarios estarán prestadores médico-asistenciales, instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores del PAMI y de agentes del seguro de salud, además de obras sociales nacionales y provinciales.
Las ejecuciones fiscales estuvieron suspendidas durante 19 meses, como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19.
La medida finalizó el 31 de diciembre de 2021 para todos los sectores y la AFIP comenzó en febrero a radicar boletas de deuda que le permiten avanzar con las ejecuciones fiscales.
En los considerandos de la norma se reconoció el rol de los prestadores médico-asistenciales públicos y privados de internación, de diagnóstico y tratamiento, las instituciones de salud mental, así como los establecimientos geriátricos y de rehabilitación prestadores del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp) y los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud".
Al respecto, se destacó que "cumplen un rol preponderante y resultan componentes esenciales del sistema para afrontar la pandemia", por lo que se requiere "la implementación de políticas de sostenimiento económico".